Te ayudamos a solucionar conflictos laborales que puedas tener con la empresa (despidos, reclamaciones de cantidad, accidentes laborales, vulneración de derechos fundamentales,...)
Tenemos amplia experiencia en:
Despidos improcedentos o nulos
El despido es la medida más drástica del ejercicio del poder del empresario, pero no siempre es usada de forma correcta. En esos casos el despido puede ser improcedente y llevar aparejada una indemnización que actualmente es de 33 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades o despido nulo que puede conllevar la readmisión del trabajador en la empresa. Para el caso que el despido se dé por causas que no son culpa del trabajador, como es el caso del despido objetivo, este tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades. Nuestro equipo analiza siempre caso por caso todos los detalles de la carta de despido observando si existe causa de improcedencia o nulidad del despido. Los plazos para reclamar un despido son tremendamente cortos (20 días para presentar la demanda al Juzgado con el perceptivo acto de conciliación), por lo que es necesario que acuda a nosotros lo antes posible para tener el máximo de tiempo a la hora de planificar la impugnación del despido.
Vulneración de derechos fundamentales
Los Derechos fundamentales son aquellos que se encuentran entre los artículos 15 y 29 de la Constitución. Fuera del ámbito laboral su protección pasa por el Tribunal Constitucional. Sin embargo, en el ámbito de la relación laboral es el propio Juez quien verifica la existencia de vulneración de un Derecho Fundamental. Entre los más destacados en el ámbito laboral está el derecho a la integridad física y moral aplicable a incumplimientos en materia de Prevención de Riesgos Laborales que generan condiciones de trabajo que afectan a la salud, o el derecho a la tutela judicial efectiva utilizado cuando el empresario toma represalias al haberse quejado el trabajador de sus condiciones laborales infringiendo el derecho de indemnidad que tiene el obrero. Son procedimientos en los que somos especialistas y pueden afectar a casos de mobbing o de falta de respeto a la protección en materia de prevención de riesgos laborales que las leyes exigen.
Reclamaciones de cantidad
Cuando la empresa no paga o debe al trabajador conceptos salariales que por Derecho este ha generado por la prestación de servicios el trabajador tiene el derecho a reclamarlos y solicitar los intereses del 10% anual de mora sobre la cantidad adeudada. Si dicha situación es persistente o continuada puede ser la causa por la que se extingue el contrato de trabajo por voluntad del trabajador reclamando además de las cantidades adeudadas una indemnización equivalente a la del despido improcedente.
Extinción por voluntad del trabajador
El trabajador tiene derecho a extinguir su contrato de trabajo y recibir una indemnización equivalente, si existe un impago o retraso continuado del salario, si existe una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que no cumpla con las garantías legales, o en caso de cualquier incumplimiento grave. Es un tipo de procedimiento complejo ya que mientras no exista sentencia dictada que extinga el contrato, el trabajador debe seguir trabajando. No obstante, se puede solicitar al juez que exima de esta obligación o solicitar un cambio de puesto de trabajo en algunos casos como de acoso o incumplimiento que afecte a la integridad física o moral, o que produzca un grave perjuicio económico, por ejemplo. El procedimiento de extinción por voluntad del trabajador muchas veces va conectado y se acumula con el procedimiento de vulneración de Derechos Fundamentales. El plazo para poder reclamar es de un año a contar desde que se produjo el incumplimiento grave.
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